PROYECTOS, LICENCIAS. ?QUE NECESITO?

Estimado amigo:
Este apartado, lo he creado solo con el único motivo, de informar al consumidor de la mejor forma de proceder, a la hora de rehabilitar una fachada, refuerzos de estructura por aluminosis, problemas de humedad, rehabilitación en patios de luces, impermeabilización de terrazas, o cualquier elemento del edificio del cual usted en parte o en su totalidad, es propietario.

Está claro, que cada tipo de reparación, tiene, por decirlo así, un nivel de gravedad, dificultad, y/o urgencia, por lo que se hace necesario, determinar en qué nivel se encuentra ese tipo de reparación, para saber, cual debe de ser el proceso a llevar a cabo. Como norma, si el técnico de la empresa que le visita, es competente, sabrá asesorarle al respecto, pero si no fuera ese el caso. para eso están los profesionales, siempre podrá llamar a un técnico de la empresa Luengo Fachadas y Rehabilitaciones. (jejeje, esto es una ironía gratuita, si me lo permite)
Continuemos con las cosas serías.

Toda obra, debe de ser supervisada, según ley, por un arquitecto colegiado. Esto se hace por medio de una serie de proyectos, informes y documentos, siempre, sellados por el colegio de Arquitectos y Aparejadores de la Comunidad Valenciana. Nunca debe confundirse un "Informe de Arquitecto", con un "Proyecto de Obras", u otros, pues son documentos diferentes y con diferentes costes.

El Informe y/o certificados, consta de una opinión realizada por el técnico colegiado. Esta es el fruto de una inspección ocular, acompanada de una sesión fotográfica, en la que se exponen, entre otras, las patologías que observa el técnico, diferentes fotografías que muestra lo que dice, y donde lo dice, así como, los efectos que podrían ocurrir en caso de no repararlo (futuros danos) y  finalmente, las soluciones diferentes a tomar en cuenta de una manera generalizada. El mismo informe, puede ser realizado para el uso de elementos de elevación en fachada, ya bien sea un andamio colgante, una plataforma elevadora, un andamio tubular o un andamio de cremallera. El coste de dichos informes o certificados pudiendo incluir el precio de la solicitud de permisos de obras, ronda entre los 600 y 1.500 euros aproximadamente, dependiendo del tiempo que le lleve la visita y la realización de dicho informe simple.

El Proyecto de obra, consta de algo mas concreto y detallado. El coste del mismo va en función de los metros cuadrados y/o presupuestos realizado. Estaríamos hablando de unos 2.500 euros hasta un tope que no voy a describir aquí, por no asustar, puesto que tiene mucho que ver el tipo de reforma a realizar, ya bien sea una sencilla, a una muy complicada o/y de lujo. Los datos que en él aparecen son muy concretos. Desde una memoria explicativa, pliegos de condiciones, mediciones exactas, planos, etc. Pero hablando de lo que nos compete, (que suele ser por un refuerzo estructural, por problemas de aluminosis, o humedades por el nivel freático en el subsuelo), en tal caso, el ayuntamiento exigirá un proyecto de obra de esta clase, para asegurarse que el procedimiento, lo aconseja y se responsabiliza, un arquitecto colegiado y se va a llevar correctamente.

Existe otros tipos de documentos que certifica un arquitecto o aparejador, que pueden ser requeridos en una comunidad, como son el Proyecto de actividad que se exige para cuando uno va a hacer uso de un local (bajo o piso), distinto al que anteriormente se venía usando. Está el de Dirección de obra, Estudio de Seguridad, Plan de Seguridad y Salud, coste de estos que va desde 1.000 a 2.000 euros, así como la Coordinación de Seguridad y Salud, o Coordinación de Obra, que tiene que ver con un seguimiento in-situ realizado por el técnico colegiado para asegurarse y certificar que se está cumpliendo con el informe correspondiente a dicha coordinación, cuyo coste irá en función a un porcentaje del presupuesto realizado. Todos estos, pueden ser llevados por el arquitecto en plantilla de nuestra empresa, si así lo desea.

Ahora usted dirá, ?pero de todos estos, realmente, qué necesito???!!
Según la ley, el que sea necesario según la obra que vaya a realizar. según algunos propietarios, el mas barato o incluso si lo pueden evitar. ninguno. Yo le animo a determinar la importancia de la obra si va a ser usted el responsable, (presidente o vicepresidente) de su comunidad, o forma parte de la comisión de obras nombrada por la comunidad. No obstante, una vez más, le diré, que si el técnico de la empresa que le visita es competente, sabrá asesorarle al respecto.

Estas líneas, son para hacerle ver la importancia de "hacer bien las cosas", pues, como suelo decir, si uno hace bien las cosas desde el principio, acabarán saliendo bien. Pero no se engane, no existe la obra perfecta, siempre surgen problemas y diferencias de opiniones, (y mas en una comunidad de vecinos que hay treinta jefes), pero donde no existe una obra perfecta, sí puede existir, un trato perfecto y atento. Algo que obtendrá, si sabe elegir una empresa, que en un principio le da una atención apropiada y demuestra, que sabe lo que dice.

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